Según los miembros de la Junta Monetaria, esta disposición choca frontalmente con la Constitución —artículo 133— y con el artículo 71 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, que prohíben usar las reservas monetarias para financiar al Estado, sin excepciones. En otras palabras, sería abrir una puerta que la ley cerró hace décadas para proteger la estabilidad económica
Ante la gravedad del tema, la Junta Monetaria ordenó al Banco de Guatemala y al Ministerio de Finanzas elaborar dictámenes jurídicos y proponer una hoja de ruta inmediata. Sobre la mesa están dos opciones: modificar el artículo 85 o eliminarlo por completo, dependiendo del análisis técnico que se entregue en los próximos días.

