La Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal modifica las medidas sustitutivas otorgadas a los magistrados del TSE
1. Ordena que la fianza debe de ser de 700 mil quetzales y no de 100 mil, como lo estableció la jueza natural del caso Karen Chinchilla.
2. Ordena que se dicte la prohibición de que los magistrados, Ranulfo Rojas, Irma Palencia, Gabriel Aguilera y Mynor Franco, puedan ejercer sus funciones como magistrados.
3. Ordena revocar la falta de mérito dictada a Irma Palencia, por el delito de desobediencia.
Sin embargo, la Ley en Materia de Antejuicio en su artículo 7 establece que un funcionario público “solo podrá cesar en el ejercicio del cargo cuando un juez competente le dicte auto de prisión preventiva”.
Asimismo, ordena que dicte la prohibición de tener comunicación con trabajadores del TSE, y que ellos no pueden acercarse a ninguna sede.
Dando un plazo de 3 días, para cumplir con lo ordenado, de lo contrario estarán certificando lo conducente contra la jueza por el delito de desobediencia.
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