Se planteó el 3 de octubre del 2023 una inconstitucionalidad de carácter general parcial contra la frase “las inscripciones de personas jurídicas” contenida en el artículo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, vigente desde el 2006 por medio del decreto 21-2006 del Congreso de la República.
El pleno de la CC, por mayoría, resolvió ayer declarar sin lugar la acción, pues considera que la “alegada indefensión formal y material no puede existir, porque la persona jurídica no desaparece, sino conserva obligaciones y derechos dentro del proceso que puede hacer valer aún suspendida, como el de acceder a las actuaciones, nombrar defensor y proponer medios de investigación”.