Logos
Introducción. Sabemos que, en nuestro país, el pueblo delega el ejercicio de su poder soberano en tres órganos. Ellos son el legislativo, que ejerce el poder de decretar leyes y de reformarlas o derogarlas; el judicial, que ejerce el poder de juzgar sobre cumplimiento o incumplimiento de la ley, y de dictar sentencia; y el ejecutivo, que ejerce el poder de obligar a acatar la ley y la sentencia del órgano judicial.
El órgano legislativo es el Congreso de la República, el cual está constituido por diputados, a quienes, entonces, compete ejercer el poder de decretar leyes y de derogarlas o reformarlas, sujetos a la Constitución Política. Por supuesto, quienes ejercen el poder judicial y el poder ejecutivo tienen que someterse a las leyes que los diputados decretan, y los diputados mismos también tienen que someterse a ellas.
Los diputados pueden ser o no ser aptos para legislar. Los aptos conocen la naturaleza del Estado, y por ello saben en qué consiste el bien de todos, disciernen entre leyes que procuran y leyes que no procuran ese bien, y decretan solo aquellas que lo procuran. Los no aptos son ignorantes de la naturaleza del Estado, y por ello no saben en qué consiste el bien de todos, y no disciernen entre leyes que procuran y leyes que no procuran ese bien, y entonces decretan, por ejemplo, leyes que benefician a unos y malefician a otros, y que violan derechos de unos y protegen los derechos de otros, y hasta legalizan el delito, o convierten los derechos en delitos.
Los diputados, precisamente por ser los legisladores, deben ser electos por los ciudadanos, no necesariamente porque ellos, los ciudadanos, saben quiénes son aptos para legislar, y quiénes no lo son. Deben ser electos por los ciudadanos porque moralmente ellos, los ciudadanos, deben someterse únicamente a las leyes que decretan ellos mismos, mediante plebiscito; o únicamente a las leyes que decretan aquellos a quienes libremente han dotado de poder legislativo, mediante el voto. Los dotan de ese poder; pero no pueden dotarlos de aptitud para legislar.
Diputados no electos, sino impuestos. En nuestro país, los ciudadanos no eligen a los diputados. Efectivamente, por mandato de la ley, los ciudadanos necesariamente tienen que elegir a grupos indivisibles de diputados, seleccionados y propuestos por los partidos. No pueden, entonces, elegir solamente a uno o algunos diputados entre los candidatos propuestos por un partido político, y elegir también solamente a uno o algunos entre los candidatos propuestos por otro partido, o por otros partidos. Es decir, no pueden elegirlos individualmente. Se colige que el Registro de Ciudadanos, del Tribunal Supremo Electoral, no inscribe candidatos a diputaciones, sino que inscribe grupos indivisibles de candidatos.
Por supuesto, los ciudadanos pueden no elegir a un grupo indivisible de candidatos a diputado, propuesto por un determinado político, o pueden no elegir a ningún grupo; pero la cuestión esencial es que, si eligen, solo pueden elegir grupos indivisibles. El régimen electoral de elección de diputados mediante esos grupos es fraudulento porque aparenta ser régimen de manifiesta elección, y realmente es régimen de oculta imposición, que, por ley, es obra de los partidos políticos. Y si la legitimidad de los diputados se origina en que son electos por los ciudadanos, debemos apresurarnos a denunciar la ilegitimidad de los diputados que no son sujeto de tal elección.
Una prueba de que los ciudadanos no eligen a los diputados, sino que son impuestos por los partidos, es que, en el presente proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral había aprobado la propuesta de los partidos de omitir el nombre de los candidatos a diputado, quizá con el propósito de ocultar su conducta ilícita, o ilegal, o inmoral. No importaba, pues, saber quiénes eran los candidatos. ¡Era suficiente votar por abstractos grupos de anónimos candidatos! El tribunal y los partidos desistieron de esa omisión; pero la ley la permitía. Y la permitía porque, si no se eligen diputados individualmente, sino grupos indivisibles de diputados, el nombre de los candidatos es innecesario.
Probabilidad de la más inepta y corrupta legislatura. La elección de grupos indivisibles de diputados es propicia para que puedan ser candidatos ganadores a una diputación, aquellos ciudadanos que, por su manifiesta ineptitud, enriquecida por su propensión criminal, su impune conducta delictiva, su deshonestidad o su carente honorabilidad, nunca serían electos individualmente.
Es propicia para que puedan ser candidatos ganadores, aquellos ciudadanos que satisfacen los ilícitos intereses políticos y financieros, y hasta los propósitos delictivos, de los miembros dirigentes de los partidos, o de los propietarios de los partidos.
Es propicia para que puedan ser candidatos ganadores aquellos ciudadanos que prometen obediencia o lealtad a esos miembros dirigentes, o aquellos que son familiares o amigos de ellos, o aquellos que pagan la cantidad de dinero exigida para ser candidato a diputado, o aquellos que son objeto de predilección de quien financia la campaña electoral, o aquellos que, por actos delictivos todavía no denunciados, intentan refugiarse en una diputación para impedir o dificultar una probable persecución penal pública futura.
En el actual proceso electoral me parece que hay un notable número de esos candidatos, beneficiados, insisto, por la elección de diputados únicamente mediante grupos indivisibles de candidatos. Y siento y presiento, y conjeturo y sospecho, que la próxima legislatura será la más inepta y la más corrupta de las legislaturas que ha habido en nuestro país a partir de la legislatura inaugurada en enero del año 1986; año en el que comenzó la vigencia de la actual Constitución Política.
Post scriptum. El actual fraudulento régimen legal de elección de diputados mutila la democracia, degenera la república y corrompe la función legislativa. La Constitución Política brinda el fundamento jurídico para tal mutilación, corrupción y degeneración; y debe ser reformada para eliminar ese infortunado fundamento, y así obtener permiso para tener la esperanza de que el Congreso de la República no sea una maldición.
