A partir del 2 de abril de 2026, queda oficialmente eliminado en Guatemala el impuesto de herencias, legados y donaciones por causa de muerte, incluyendo los casos sucesorios en proceso, mediante el Decreto 6-2026, que deroga la Ley vigente por más de 70 años. Con esta medida, los beneficiarios quedan exentos del pago, y las entidades administrativas deben devolver los expedientes sin necesidad de requerimiento previo. Jueces y notarios continuarán los trámites conforme a la ley vigente, sin exigir liquidación del impuesto.
El decreto también modifica artículos de leyes relacionadas con avalúos y exenciones tributarias, ampliando los beneficios a donaciones entre vivos hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.
La derogación responde a la complejidad y burocracia del trámite, que generaba moras automáticas, multas de hasta el 100% del impuesto y recargos por intereses, afectando a los herederos y provocando la pérdida de bienes en algunos casos. Con la medida, el proceso sucesorio será más ágil, seguro y libre de cargas fiscales, beneficiando a todos los involucrados.

