La Corte de Constitucionalidad, declaró inconstitucionales sobre los acuerdos recientes sobre gestión y clasificación de residuos sólidos, al considerar que vulneran principios fundamentales.
La sentencia aclara, sin embargo, que esta decisión no restituye la vigencia del Acuerdo Gubernativo 189-2019, el cual había sido derogado con anterioridad. Es decir, no se revive la normativa anterior sobre clasificación de la basura.
A criterio del tribunal, el Ejecutivo tenía la posibilidad de promover políticas públicas para mejorar el manejo de los residuos, pero debió hacerlo a través de mecanismos menos restrictivos y más coordinados con los gobiernos locales. En ese sentido, se determinó que los acuerdos impugnados debían ser expulsados del ordenamiento jurídico.
Los acuerdos anulados dejarán de surtir efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Esta decisión tiene implicaciones importantes para los sistemas municipales de recolección y clasificación de residuos. Mientras se define un nuevo marco normativo, las autoridades locales y la ciudadanía deberán continuar aplicando prácticas responsables de separación en la fuente, reciclaje y disposición adecuada de la basura, en línea con principios de sostenibilidad y gestión ambiental.


